
Director Nominado
Fianza de no residente en el EEE de la Sección 137 de Irlanda
País/Región aplicable: IE - Irlanda
- Asesor en español
- Soporte local de constitución en Irlanda
- Evaluación de servicio a medida
Respuesta en 1 hora laborable en días hábiles. Primero confirmamos aplicabilidad y costes estimados.
Totalmente remoto
Procesar Remotamente Su Fianza de no residente en el EEE de la Sección 137 de Irlanda
Qué incluye
Todo lo que incluye este paquete
Los conceptos siguientes ya están cubiertos por el precio unitario. Cualquier elemento marcado como "no incluido" puede añadirse como extra personalizado.
- Provisión de servicios de seguros para no residentes para Irlanda 137 a clientes irlandeses.Incluido ×0.00
- La obtención de la "Garantía de Director No Residente de la Sección 137" o "Garantía Fiscal" puede eximir a las empresas registradas en la República de Irlanda del requisito de tener directores residentes en el Espacio Económico Europeo (EEE, incluida la UE, Islandia, Noruega y Liechtenstein). La garantía fiscal proporciona a la empresa una cobertura de seguro de 25.000 € para pagar los siguientes gastos:
- Multas impuestas a la empresa en virtud de la Ley de Sociedades de 2014 por no presentar informes anuales y cuentas auditadas a tiempo;
- Multas impuestas por no proporcionar cierta información a los Comisionados de Ingresos (principalmente la información requerida en el formulario CRO 11F);
- Multas que una empresa debe pagar según las secciones 1071 o 1073 de la Ley de consolidación fiscal de 1997;
- Costos de recuperación relacionados con las multas y sanciones anteriores.
Información útil
Preguntas frecuentes
Acerca de Irlanda
Irlanda es el principal hub europeo para multinacionales tecnológicas y farmacéuticas de EE.UU., con 12,5% de impuesto corporativo, base angófona en la UE y fuerza laboral joven y altamente educada.
Ver información completaResumen fiscal de Irlanda
- Tasa General del IS
- Sociedad mercantil: 12,5%. Sociedad no mercantil: 25% (por ejemplo, regalías recibidas por sociedades de cartera pasivas).
- Fecha de declaración del IS
- Nueve meses después del final del período contable fiscal.
- Fecha de pago del IS
- Nueve meses después del final del período contable fiscal.
- Fecha de pago estimado del IS
- Pequeñas empresas: La primera cuota debe pagarse 31 días antes del final del período contable tributario, y la última cuota debe pagarse al momento de presentar la declaración de impuestos; Grandes empresas: La primera cuota deberá pagarse seis meses después del inicio del período contable fiscal, la segunda cuota deberá pagarse 31 días antes del final del período contable fiscal y la última cuota deberá pagarse al momento de presentar la declaración. Declaración del ISR correspondiente a ese período. * A más tardar el día 23 del mes.
- WHT residentes
- 25/20/20
- WHT no residentes
- 25/20/20
- Tasa General de IVA
- 23
- Tasa CGT
- 33%
- Tasa promedio efectiva
- 12.36
- Tasa marginal efectiva
- 13.21

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